agosto 19, 2017

¿Que es el "ACTO TERRORISTA"?



Después de la entrada de ayer titulada “Desalmados e intocables asesinos”, me siento con la obligación de “pegar/copiar” mi tentativa de aproximación a la definición del ACTO TERRORISTA (y no terrorismo), que había elaborada, en este mismo blog, tiempo atrás (en ocasión de los atentados de Paris).

Ahí les va.

En primera instancia, el acto terrorista es un acto impredecible, de naturaleza esencialmente simbólica. Las víctimas, al igual que el espacio del atentado, son parte de la “esencia simbólica” del acto, las que nutren al carácter simbólico de “consistencia y veracidad” (o “materialidad” si prefieren).
Acto consistiendo en la utilización de una “técnica” destructiva de la mayor envergadura posible (por el impacto del número de víctimas, la “cualidad” de estas y la amplitud de su difusión) atentando contra el bien supremo de la vida de uno o varios individuos con el objetivo de provocar en el seno de una comunidad dada un efecto sicológico de miedo y ansiedad, temor y angustia, ligado a un sentimiento de indefensión y perdida, permitiendo la instauración de un “clima social” o “estado de ánimo” propicios a la aceptación de una perdida considerada comparativamente como menor, posibilitando así el ejercicio de un poder a través del control de las mentes (en tanto que aprovechable disponibilidad para inocular e imbuir) para un determinado fin.

En segunda instancia, sin perder su esencia simbólica y siendo su blanco la mente de quienes lo presencian (no el cuerpo de quienes lo padecen), el acto terrorista, casi siempre deliberadamente (mas no invariablemente), es portador de un “fin político” y tiene un “destinatario político” (generalmente quienes ejercen su Poder sobre una población sumisa, espectadora y victima), comúnmente previamente definidos (pero también fortuitos e imprevistos, en tanto que secuela del acto), siendo en este caso portador de una finalidad consistiendo en propiciar que los detentores del susodicho Poder tomen acciones reactivas (racionales y/o emocionales, tangibles y/o simbólicas, de cortos o largos alcance y plazo) que por su naturaleza y consecuencias, favorezcan los propósitos (que pueden ser explícitos o no) del actor terrorista.

Así definido el “acto terrorista” (en tanto que fin en sí mismo o medio para alcanzar un fin) resulta bastante obvio que EL terrorismo puede ser llevado a cabo por actores muy diversos y practicado con propósitos sumamente dispares.
Actores y propósitos que pueden ser tanto los que el “Poder Instituido” define como terroristas, como este mismo Poder, o cualquier otro “colectivo” (sea este formal o no), o cualquier individuo, en cuyo caso el acto terrorista, si bien no se reduce a un acto narcisista, si participa de la imperativa búsqueda de una “afirmación existencial”.

Sea quien sea el actor material (quien lleva a cabo el acto) o intelectual (quien encomienda la realización del mismo) del acto terrorista… sea cual sea la motivación de este (explícitamente o no política, u otra)… en última instancia, al ser en sí mismo (por su propia naturaleza) propagador del terror (en el momento mismo del acto) y del miedo (afectación emocional de más largo plazo y alcance) el acto terrorista sirve los intereses del sistema de dominación (sea cual sea la naturaleza y modalidad de este) al facilitar el control, favorecer la sumisión… tanto por la afectación emocional sobre la colectividad escogida como blanco del ataque (no las víctimas, sino el conjunto de la población que se siente directa o indirectamente agredida y se hunde en la zozobra) como por las “respuestas políticas” (en caliente y/o fríamente calculadas) que implementa el “poder instituido” a consecuencia del acto terrorista.


Posdata: Considerando esta aproximación, salvo el “ajusticiamiento” (como legitima defensa) de quienes encarnan y ejercen en sus más altos niveles la verdadera dominación… los únicos actos terroristas “revolucionarios” que se pueden considerar como tales son los que, al integrar la estrategia de confrontación directa con el sistema dominante, forman parte de las acciones de sabotaje y bloqueo de los objetos (tanto materiales como virtuales) y estructuras que irrigan y conforman el tejido neocapitalista.
Estrategia de confrontación directa mediante el sabotaje y bloqueo desprovista de sentido  si no se inscribe en un movimiento más amplio de “autoconstrucción” de unas nuevas relaciones sociales, de las cuales queden excluido el binomio Dominación/Sumisión.

Segunda posdata: quizás este acercamiento a una posible definición del “acto terrorista” pueda ser de alguna utilidad a José (obviamente si es que lo lee).






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